PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué es GESMARPRI?
Es una Asesoría de Empresas y Particulares en sus gestiones de ámbito administrativo, contable, fiscal, jurídico y laboral.
¿Cual es su ámbito Geográfico?
Actualmente GESMARPRI tiene una cobertura a nivel españa preeviendo en un futuro abarcar la zona de la Unión Europea.
¿CÓMO PUEDO CONTRATAR CON GESMARPRI.COM?
Tan solo tendrá que entrar en nuestra dirección www.gesmarpri.com y hacer clic en:
SOLICITUD DE PRESUPUESTO
¿PUEDO LLEVAR DIRECTAMENTE UN SEGUIMIENTO DE MIS GESTIONES?
Sí, a través de nuestro servicio "Seguimiento de Expedientes" podrá saber el servicio que Usted nos ha solicitado y la fase en la que se encuentra el mismo. De este modo, Usted podrá saber en cada momento
¿QUÉ GESTIONES PUEDO TRAMITAR A TRAVÉS DE GESMARPRI.COM?
REGISTRO MERCANTIL
- Nota Simple Certificaciones
- Nota Simple de Cuentas Anuales
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REGISTRO DE LA PROPIEDAD
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Nota Simple por Titular
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Nota Simple por Finca
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Certificaciones
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Servicio de Índices de la Propiedad
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JEFATURA DE TRÁFICO
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Informe de Tráfico
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CERTIFICADO DE DENOMINACIÓN SOCIAL
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Solicitud Renovación
MINISTERIO DE JUSTICIA
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Antecedentes Penales
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Cancelación de antecedentes Penales
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Últimas Voluntades
REGISTRO CIVIL Y ASUNTOS GENERALES
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Certificado de Nacimiento
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Certificado de Matrimonio
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Certificado de Defunción
REGISTRO DE BIENES MUEBLES
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Inscripción de reserva de dominio
¿Qué impuestos deberé pagar si compro una vivienda usada?
Los impuestos a pagar son los siguientes: Impuestos sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados. Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
¿Qué impuestos deberé pagar si compro una vivienda nueva?
Los impuestos a pagar son los siguientes: Impuesto sobre el valor añadido. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
¿Qué es el Impuesto sobre el valor Añadido (I.V.A.)?
Es aquel que grava la compraventa de viviendas nuevas. El tipo actual es del 7%, salvo regímenes especiales.
¿Qué es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)?
Impuesto municipal que grava la titularidad de la vivienda. Se calcula aplicando un porcentaje sobre el valor del suelo catastral del mismo. El vendedor debe estar al corriente del pago de dicho impuesto antes de transmitir la vivienda.
¿Qué es el borrador de declaración?
El documento que remite la Agencia Tributaria a los contribuyentes con efectos meramente informativos a aquellos que perciban:
- Rendimientos del trabajo
- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro
- Imputación de rentas inmobiliarias, con un máximo de dos inmuebles
- Ganancias sometidas a retención y subvenciones para la compra de vivienda habitual
El borrador puede solicitarse llamando al 901 121224. Una vez recibido el borrador, el contribuyente deberá revisar los datos y, si está de acuerdo, basta con que lo confirme para que su declaración del IRPF quede presentada. Si considera que falta algún dato y quiere completar o modificar el borrador, debe hacerlo antes de confirmarlo. La confirmación se puede realizar a través tanto de la web de la Agencia Tributaria como del teléfono 901 121224.
¿Que gastos son deducibles?
Los gastos que se pueden deducir para hallar el rendimiento neto son los siguientes: a.Gastos de administración y depósito de valores b.En rendimientos derivados de prestación de asistencia técnica, arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, se deducirán los gastos necesarios para obtención de los ingresos, así como por el deterioro sufrido por dichos bienes o derechos. Según la normativa vigente, están exentas las variaciones o alteraciones patrimoniales que se pongan de manifiesto por las siguientes operaciones: ·Donaciones entregadas a entidades previstas en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y a las fundaciones. ·La transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años. ·Las motivadas por el pago de las deudas tributarias mediante entrega de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español.